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PAPA FRANCISCO EXIGE DECLARACIÓN DE TRANSPARENCIA DIRECTIVOS VATICANOS PARA EVITAR CORRUPCIÓN INTERNA

Por José Luis Nicolás

Jueves 29 de abril de 2021

"La fidelidad en las cosas de poca importancia está relacionada, según la Escritura, con la fidelidad en las cosas importantes". Son las palabras iniciales del nuevo Motu proprio de Francisco sobre la transparencia, con el que el Papa exige a todos los empleados en niveles directivos de la Santa Sede, y a todos los que desempeñan funciones de administración activa, funciones jurisdiccionales o de control, que firmen una declaración en la que aseguren que no han recibido condenas firmes, que no están sujetos a procesos penales pendientes o investigaciones por corrupción, fraude, terrorismo, lavado de dinero, explotación de menores y evasión fiscal. Además de no tener dinero en efectivo o inversiones en países con alto riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, en paraísos fiscales o participaciones en empresas que operen en contra de la Doctrina Social de la Iglesia. 

Esta medida sigue a la del 19 de mayo de 2020, cuando el Papa Francisco promulgó el nuevo código de contratación pública, y era necesaria, explica el Pontífice, porque la corrupción "puede manifestarse en diferentes modalidades y formas, incluso en sectores distintos de la contratación pública, y por ello la normativa y las mejores prácticas a nivel internacional prevén para quienes desempeñan funciones clave en el sector público obligaciones particulares de transparencia con el fin de prevenir y combatir, en cada sector, los conflictos de intereses, las modalidades clientelares y la corrupción en general". Por ello, la Santa Sede, que ha adherido a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, "ha decidido ajustarse a las mejores prácticas para prevenir y combatir" este fenómeno "en sus diversas formas". 

Así, el Papa ha decidido añadir artículos al Reglamento General de la Curia Romana, con una medida que concierne a todos los que se encuentran en los niveles funcionales C, C1, C2 y C3 (es decir, desde los cardenales jefes de dicasterios hasta los vicedirectores con contratos directivos de cinco años), y a todos los que tienen funciones de administración jurisdiccional activa o de control y supervisión. Tendrán que firmar una declaración en el momento de la contratación y después cada dos años. 

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